La Corte de Constitucionalidad rechazó el amparo presentado por el diputado Samuel Pérez y mantiene la resolución que ordena la cancelación definitiva del partido Movimiento Semilla, y que implicó que fueran declarados independientes dentro del Congreso de la República.
Por Alexander Valdéz
A un año de la cuestionada resolución del juez Fredy Orellana, que ordena la cancelación definitiva del partido Movimiento Semilla, la Corte de Constitucionalidad (CC) resuelve rechazar el amparo promovido por el diputado Samuel Pérez, que buscaba evitar que el Congreso de la República ejecutara la orden judicial y que los diputados electos por Semilla fueran declarados independientes dentro del Organismo Legislativo.
El pleno de magistrados conoció el reclamo del congresista, quien argumentó que el juez Orellana no tenía competencia para ordenar la cancelación de un partido político, ya que esa atribución corresponde exclusivamente al Tribunal Supremo Electoral (TSE). Pérez también señaló que la resolución se sustentó en sentencias dictadas dentro del proceso penal conocido como caso Semilla, sin que se diera oportunidad de defensa al partido afectado ni a sus representantes legislativos.
“Un juez penal no tiene la facultad para sancionar a un partido político, ya que una suspensión o cancelación, recae exclusivamente en el Tribunal Supremo Electoral (…) la legitimidad de un bloque legislativo recae en los derechos que gozan los diputados que fueron electos por el partido político al que pertenecen, por lo que, si la autoridad cuestionada cumple con la orden emitida por el Juez mencionado, estaría afectando de manera irreparable los derechos de los diputados que forman parte del partido político Movimiento Semilla”, indica la acción del congresista.
En su sentencia, la CC determinó que el legislador no estaba legitimado para presentar la acción, porque según los magistrados, la representación legal del partido corresponde únicamente a su secretario general. De esa cuenta, la corte presidida por Leyla Lemus concluyó que el amparo carecía de fundamento al no existir una amenaza real ni inminente de violación de derechos, pues el Congreso de la República, a quien se dirigía la acción, debe limitarse a cumplir con lo ordenado por el juez Orellana dentro del proceso penal.
Según la CC, las resoluciones judiciales se presumen legales y su ejecución no puede considerarse una amenaza. Con este fallo, la Corte de Constitucionalidad avaló la decisión del juez Orellana y mantienen todo en la misma situación actual; los diputados electos por Semilla se mantienen independientes y el partido cancelado.
“No se puede considerar como una amenaza tutelable en sede constitucional la ejecución de una decisión judicial que ha sido dictada en el normal desenvolvimiento de un proceso ordinario, pues se advierten dos situaciones, la primera, que su cumplimiento se llevará a cabo conforme al ordenamiento jurídico vigente y con estricto apego al principio de legalidad, ya que el Congreso de la República de Guatemala, al recibir el oficio que contiene aquella decisión, es decir, la emitida por el Juez “A” del Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala, se debe limitar a cumplir con lo ordenado”, dice la resolución.
La sentencia fue firmada por los magistrados Dina Ochoa, Roberto Molina Barreto, Héctor Hugo Pérez Aguilera, Néster Vásquez y Leyla Lemus.
A un año de la cancelación
El juez Fredy Orellana, sancionado internacionalmente por actos de corrupción, ordenó la cancelación definitiva de la personalidad jurídica del partido Movimiento Semilla, el 28 de noviembre de 2024. La decisión se basó en una sentencia emitida dentro del caso por aceptación de cargos de la exdiputada Ligia Hernández, así como en otros fallos cuestionados.
Dos días antes de esa resolución, los diputados oficialistas habían alcanzado consensos para aprobar una reforma legal que buscaba revivir al Movimiento Semilla y garantizar su continuidad como bancada legislativa. La modificación a la Ley Contra la Delincuencia Organizada fue aprobada de urgencia nacional con el respaldo de 127 votos en el Congreso.
Sin embargo, la orden de cancelación dictada por Orellana dejó sin efecto lo de la reforma, ya que la medida judicial superó el alcance de la suspensión previa que pesaba sobre el partido. De esa cuenta, los esfuerzos legislativos no tuvieron validez legal y el bloque de Semilla volvió a ser considerado independiente dentro del Congreso.
Ahora, los diputados electos por el partido oficial esperan un fallo del Tribunal Supremo Electoral (TSE) que pueda revertir la cancelación y restituir su condición como organización política.
El plan B de Semilla
Al no lograr rescatar al partido Semilla, en mayo de este año fue lanzado el nuevo proyecto político denominado Raíces, con el que un grupo de diputados dice buscar la continuidad de los ideales del otro partido y su participación en las elecciones generales de 2027.
Durante una asamblea general celebrada el 25 de mayo en el Parque de la Industria, el diputado Samuel Pérez presentó oficialmente el nuevo movimiento ante simpatizantes que llegaron desde distintos departamentos. Pérez, quien lidera la facción conocida como Semilla Evoluciona, asumió la Secretaría General de Raíces y aseguró que el proyecto busca ser “la refundación y la continuidad del Movimiento Semilla, rescatando sus principios y su espíritu original”.
Entre los fundadores de Raíces figuran los diputados Andrea Reyes, Román Castellanos, Andrea Villagrán, Laura Marroquín, Ronalth Ochaeta, Luis Cáceres, Elena Motta, Mercedes Monzón, David Illescas, Diego Toledo, Raúl Cua, José Orlando Pérez y Byron Obregón.
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