La alianza de los partidos Vamos, UNE, Valor, Unionista, Cabal y otros bloques legislativos decidieron ignorar el veto presidencial al decreto 7-2024, aduciendo que el veto no cobró vigencia y acordaron publicarlo en el Diario Oficial para extender el plazo para que los CODEDE puedan ejecutar más de Q22 millones con menores controles de transparencia.
Por Rony Ríos
El presidente Bernardo Arévalo anunció la semana pasada el veto del Decreto 7-2025, Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de Proyectos de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural (CODEDE), por lo que el Congreso necesitaba 107 votos para aprobarlo sin el aval del Ejecutivo.
Sin embargo, la alianza liderada por Vamos y la UNE, al no contar con los votos suficientes, señaló un error en el veto presidencial y que había una ventana por la que podía entrar la interpretación de que no se trataba de un veto sino de una sanción.
Tomando esa interpretación, los diputados solamente necesitaban 86 votos para ratificar “la sanción del Ejecutivo” y así mandar a publicar la ley en el Diario Oficial para que este cobre vigencia y los CODEDE puedan ejecutar más de Q22 millones el siguiente año y con menos controles de fiscalización.
¿Cuál fue el error?
El primero en culpar el error del Ejecutivo fue Álvaro Arzú Escobar, el diputado Unionista, quien indicó que el acuerdo publicado del veto presidencial no contaba con un artículo que indicara cuándo entraba en vigor, por lo que, según la Constitución Política de la República, un acuerdo que no especifique ese aspecto cobraba vigencia tres días después de su publicación.
Arzú Escobar dijo que el acuerdo publicado por el Ejecutivo entraría en vigor el 9 de octubre, ya cuando se hubiera sobrepasado el plazo de 15 días hábiles con los que contaba el Ejecutivo para vetar un decreto del Congreso.
“Si el presidente no ejerce su derecho de sanción o veto, el decreto se da por sancionado, aquí no es decisión nuestra si queremos sancionarlo o no, ya está sancionado”, añadió Arzú.
Pese a ello, Nery Ramos, el presidente del Congreso, dijo que era obligación del Congreso leer el veto porque fue recibido dentro del plazo correspondiente.
Sin embargo, Allan Rodríguez, de Vamos, opinó que, pese a que el Ejecutivo envió un documento con un “veto que no está vivo”, entonces no se podía considerar por el pleno porque ese acuerdo no había nacido a la vida jurídica.
Ramos insistió en que el artículo 178 de la Constitución solamente indica que es necesario devolver el veto dentro de los 15 días de plazo y que la decisión se debe tomar en acuerdo con el consejo de ministros, por lo que el Congreso de la República recibió el veto el 3 de octubre.
A esa respuesta se unió el diputado Raúl Barrera, quien recalcó que la Constitución habla de recepción y no publicación, por lo que el Congreso recibió el veto en el plazo establecido y era necesario conocerlo por el pleno. “La publicación de un veto no está exigida en la Constitución. Solo habla de devolución y recepción”, sentenció Barrera después de recordar que han existido una gran cantidad de vetos sin publicación y aún así se conocieron en el pleno.
El congresista José Sanabria, habló de la línea temporal que el veto, que regresó al Congreso desde el 3 de octubre y, pese a no ser obligación del Ejecutivo, decidió publicarlo el 6 de octubre como un acto de transparencia y publicidad.
Sanabria agregó que el decreto citado por Arzú Escobar, sobre los plazos de vigencia es para los decretos y acuerdos reglamentarios y de observancia general, no para comunicaciones entre organismos de Estado.
En la misma línea, la diputada Sonia Gutiérrez, de Winaq, argumentó que se ejerció el derecho de veto y no necesariamente debe tomarse en cuenta la publicación en el Diario Oficial.
El diputado Orlando Blanco fue enfático en aclarar que la alianza opositora no tenía los votos para rechazar el veto presidencial por lo que se aprovecharon de la “torpeza” del secretario general de la Presidencia, para hacer una “güizachada” que les permitiera saltarse el veto.
Vigencia de la ley
Pese a la discusión parlamentaria, una moción privilegiada presentada por Arzú Escobar obtuvo 86 votos, impidiendo que el Pleno conociera el veto presidencial y consiguiendo que se tomara como sancionado el decreto. Al ser eliminado el obstáculo del veto que les obligaba a conseguir 107 votos, continuaron el trámite para publicar el decreto “sancionado”.
Al ser sancionado de facto el decreto, los mismos 86 diputados ratificaron la publicación de la ley para que se publique en el Diario Oficial y cobre vigencia.
Sin embargo, el presidente Arévalo anunció que el decreto 7-2025 fue vetado y devuelto al Congreso dentro del plazo constitucional establecido, por lo que el pleno debió conocerlo y actuar conforme a la Constitución.
Arévalo además calificó de argucias y argumentos incorrectos y espurios los realizados por la alianza opositora en el Congreso. Asimismo, indicó que el Gobierno presentará las acciones legales respectivas para hacer valer su decisión para impedir que la ley que “sacrifica la transparencia y la calidad del gasto público entre en vigencia”.




