Suspenden órdenes de captura de Iván Velásquez y Luz Adriana Camargo

 

Los funcionarios colombianos no podrán ser detenidos en territorio guatemalteco tras la resolución de un amparo que se presentó en la Corte Suprema de Justicia. No obstante, la decisión es momentánea.

Por Prensa Comunitaria

La Cámara de Amparo y Antejuicio decretó la suspensión de las órdenes de captura que se giraron en contra de Iván Velásquez y Luz Adriana Camargo, funcionarios colombianos que trabajaron para la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG).

La decisión también beneficia a Juan Francisco Sandoval, Rudy Herrera, Siomara Sosa, Amy Girón y otros fiscales anticorrupción que han sido criminalizados por realizar la investigación del caso Odebrecht.

Todos fueron señalados por Rafael Curruchiche de suscribir acuerdos de colaboración eficaz fraudulentos con los trabajadores de la constructora brasileña, argucia con la que presionó para que se les detuviera.

Fue así como los magistrados de la polémica Sala Tercera de Apelaciones aceptaron emitir órdenes de aprehensión, pese a no tener la capacidad de requerir la captura de ninguna persona, ya que es una atribución que solo tienen los jueces penales.

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No obstante, lo anterior fue celebrado por Curruchiche, quien dijo que pediría a la Interpol que los arrestara en cualquier país, algo inviable porque el ente policial internacional se ha negado a hacerlo por considerar que es persecución política.

Dada esa situación, el exfiscal Juan Francisco Sandoval presentó una acción legal en contra de lo resuelto por la Sala Tercera de Apelaciones y los magistrados de la Cámara decidieron otorgar amparo provisional.

De esa manera, las órdenes de captura quedan sin efecto de forma momentánea, ya que se pueden activar de nuevo cuando los integrantes de la Cámara vuelvan a conocer el amparo y emitan el fallo definitivo al respecto.

Esto podría tomar varios meses y, posiblemente, la criminalización de los exfiscales y exintegrantes de la CICIG continúe, debido a que en esta ocasión el amparo provisional se otorgó porque la Sala no remitió la documentación del caso.

En esas situaciones, según la normativa del país, quien conozca la acción legal está obligado a otorgar el amparo provisional. De hecho, ese fue el argumento que, para otorgarlo, utilizaron Carlos Contreras, Estuardo Cárdenas, Igmaín Galicia y Clemen Juárez.

Antecedentes

El caso Odebrecht documentó cómo la constructora brasileña pagó sobornos por casi US$18 millones por la adjudicación del proyecto que conecta Cocales (Suchitepéquez) y Tecún Umán (San Marcos).

El principal beneficiario de las coimas fue Alejandro Sinibaldi, según la investigación. Sin embargo, el exministro de Comunicaciones goza de libertad, mientras que quienes hicieron las pesquisas son ahora perseguidos por el Ministerio Público.

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