Comunidades en defensa de tierras comunales han tenido que rechazar proyectos del Estado

 

La Ley Orgánica del Presupuesto señala que todo proyecto de infraestructura como escuelas, centros de salud, salones comunales, puentes y otros, solo pueden ser construidos en propiedades del Estado. Lo señalado en la ley fue objeto deuna acción en 2020 presentada por las autoridades indígenas en la Corte de Constitucionalidad (CC) ya que para la construcción de obras la comunidad debía ceder las tierras comunes al Estado.

Por Simón Antonio Ramón

El 19 de agosto el pleno del Congreso conoció la iniciativa 6602 presentada por el Ejecutivo sobre una reforma a la Ley Orgánica del Presupuesto General para construir obras en tierras comunales sin la necesidad de que la propiedad sea cedida al Estado.

La ley vigente obliga que todo proyecto de infraestructura con financiamiento del Estado debe estar a nombre de alguna institución del Organismo Ejecutivo o de las municipalidades, impidiendo el acceso a las comunidades que cuentan con terrenos comunales a proyectos financiados por el Estado como escuelas, centro de salud, hospitales, salones comunales o todo tipo de proyectos de infraestructura.

El Artículo 30 bis de la Ley del Presupuesto contempla tres tipos de bienes que deben ser trasladados a nombre del Estado para la construcción obras: bienes municipales, bienes particulares y bienes comunales. “En cada caso se debe iniciar el registro de posesión de conformidad con la Ley de Titulación Supletoria para entidades estatales; adjuntando al expediente constancia de esto”, señala el artículo.

Por esta razón, autoridades indígenas presentaron en diciembre de 2020 acciones de inconstitucionalidad ante la Corte de Constitucionalidad (CC), en las que se argumentó que el artículo 30 bis de la Ley Orgánica del Presupuesto viola la Constitución del país, sin embargo, la Corte rechazó la acción.

https://prensacomunitaria.org/2020/12/autoridades-indigenas-presentan-inconstitucionalidades-contra-tres-leyes/

Los proyectos en tierras comunales

En el territorio Ixil hay actualmente dos proyectos sin realizar porque las comunidades en defensa de sus tierras comunales se han opuesto a la condición que ordena la Ley del Presupuesto, pero esto limita el acceso de las comunidades a servicios públicos como un hospital que se iba a construir en el año 2012 en la aldea Salquil Grande, NebaJ, Quiché.

Este proyecto que pudo atender a más de 20 mil habitantes, no se realizó cuando los probadores se opusieron a donar el terreno al Estado. Las autoridades del Hospital Nacional del departamento en esa fecha responsabilizaron a la Municipalidad Indígena Ixil de oponerse al proyecto por una acción legal que se había presentado ante el desmembramiento de las tierras comunales, a pesar de que no se presentó por este caso en particular.

“En realidad el amparo se presentó antes y es a nivel general del ejido -terreno de uso común-, sobre las desmembraciones, y es ahí donde se supo que lo que exigían es que se cediera el terreno a nombre del Estado para que pudieran construir, entonces la comunidad no permitió que eso pasara”, dijo Feliciana Herrera, primera alcaldesa de la Municipalidad Indígena del pueblo Maya Ixil.

Otro caso, es la construcción de una planta de tratamiento en la comunidad de Acul, NebaJ, que sería financiada con fondos del Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE). Está comunidad recuperó el año pasado la propiedad de su tierra, la condición es la misma. “La comunidad decidió no ceder el terreno. Entonces, son las limitaciones que se vienen dando”, señaló Feliciana Herrera.

En la comunidad Zunil, en el municipio de Ixcán, Quiché, viven unas 247 familias, algunas se refugiaron en México durante el conflicto armado interno y posteriormente retornaron al país, otras de las comunidades de poblaciones en resistencia (CPR) y exmiembros de las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC).

Desde 1994 han gestionado diferentes proyectos, pero los requisitos que establece el artículo 30 bis de la Ley Orgánica del Presupuesto les dificulta el proceso. “Nosotros hemos solicitado la construcción de escuelas, puestos de salud, salones comunitarios, pero se nos dificulta ese trámite”, dice Viviano Matías Mendoza, integrante del Consejo Comunitario de Desarrollo (COCODE) de primer nivel de la aldea Zunil.

Según Viviano Matías, la propiedad de la tierra en la que vive está a nombre de la cooperativa para gestión de la tenenciay no de un particular, un modelo de propiedad en Ixcán. Sin embargo, se tuvo que ceder parte del terreno de la cooperativa para la construcción de un Centro de Atención Permanente (CAP) para la microrregión seis que se construirá en la comunidad Pueblo Nuevo.

“Actualmente se está aportando una cuota a la cooperativa que nos cede un predio y se ha traspasado a nombre del Ministerio de Salud”, dijo Matías, proyecto que se gestionó hace dos años, aunque a la fecha no se ha iniciado, y con el que se busca beneficiar a 17 comunidades.

El dirigente comunitario añadió que para la construcción de un puente sobre el río Pescado, en la comunidad Zunil, se les exige el traspaso del terreno a nombre del Ministerio de Comunicaciones, lo que ha retrasado el proyecto.  La Municipalidad de Ixcán desde hace tres años señaló que iba a realizar el estudio del suelo, pero no lo ha hecho. Mientras tanto, la comunidad ha realizado aportes para avanzar por su lado.

“La comunidad ha aportado 20 mil para realizar el estudio de suelo, hemos buscado la ayuda de un ingeniero para hacer esos estudios, pero faltan los estudios topográficos y otros como el de agua, para tener ese puente que tanto necesitamos porque el río crece en invierno”, dijo.

Un despojo y una ley que violenta la Constitución

La primera alcaldesa de la Municipalidad Indígena Ixil, aseguró que las condiciones de ley contradicen la obligación del Estado. “Lo hemos visto como un nuevo tipo de despojo porque el Estado debe de garantizar esos derechos fundamentales, la educación, la salud y otros”, dijo.

Señaló que fue casi un secreto a voces hasta que las comunidades se dieron cuenta de la pretensión de las instituciones públicas. “Se busca la forma de despojar a los pueblos de sus bienes y desde que las autoridades se dieron cuenta de esto no se permite”, señaló.

Herrera dijo que el pueblo maya Ixil, cuenta con los títulos de propiedad. “El pueblo Ixil tiene su tierra comunal, su territorio y que no es ilegal, porque lo tiene registrado en el Segundo Registro de la Propiedad -con sede en Quetzaltenango- con todo su registro civil”, aseguró.

Por su parte, el abogado Juan Castro, del Bufete para Pueblos Indígenas, que ha litigado en casos de criminalización y certeza jurídica de la tierra dice que la Ley Orgánica del Presupuesto tiene artículos que violentan la Constitución. “Es inconstitucional porque no respeta el articulo 67”, dijo el abogado.

El artículo al que se refiere el abogado garantiza la protección de las tierras de las cooperativas y comunidades indígenas. En el mismo se establece que las tierras de los pueblos indígenas mantendrán la forma de administración, después de la vigencia de la Constitución desde 1985.

“Lo que estamos diciendo es que la propiedad comunal no es propiedad privada per se, porque ya existe un carácter de imprescriptibilidad e indivisibilidad que tienen estás tierras, porque lo que es comunal por sentido común y decreto comunal no puede ser privatizado. Si va a existir una inversión pública en tierras comunales por qué deberíamos de ceder la propiedad al Estado”, dijo Castro.

Para el abogado, en la iniciativa de ley no se contempla que las tierras que han pasado a nombre del Estado sean devueltas a las comunidades. Pero sí garantiza el acceso a los proyectos de infraestructura.

Las comunidades consultadas señalan a la Secretaría General de Programación y Planificación de la Presidencia (SEGEPLAN) como la entidad que realiza las gestiones para los traspasos de propiedades comunales a nombre del Estado.

Además, en 2023 la entidad publicó el documento Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública en donde refuerza lo establecido en el artículo 30 bis de la Ley Orgánica del Presupuesto; se solicitó una entrevista con la persona responsable de la gestión, pero no se respondió a la solicitud.