CC resuelve mantener vigentes artículos de la Ley de Competencia

 

La Corte de Constitucionalidad (CC) decidió mantener vigente la Ley de Competencia al rechazar, de manera provisional, dos acciones de inconstitucionalidad que buscaban frenar parte de su contenido.

Por Alexander Valdéz

El pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó, de manera provisional, las acciones que pretendían suspender dos artículos de la Ley de Competencia. La resolución sobre la nueva propuesta fue adoptada por unanimidad de votos a favor de mantener la normativa vigente.

Las impugnaciones fueron planteadas por Raúl Enrique Ramírez Ceballos y Giovanni Magdiel Duarte Contreras, cuyos expedientes fueron acumulados para ser analizados en conjunto. El debate se centró en los artículos 2 y 3 de la ley: el primero establece que la normativa es aplicable a todos los agentes económicos en el país, mientras que el segundo define a dichos agentes como cualquier persona individual o jurídica, nacional o extranjera, que realice actividades económicas.

La discusión inició el lunes pasado y se retomó este jueves. La magistrada presidenta, Leyla Lemus, propuso aceptar de forma parcial la inconstitucionalidad y suspender uno de los artículos impugnados: el segundo párrafo del artículo 2, que hace referencia a los “agentes económicos”. Sin embargo, en esa sesión su planteamiento únicamente contó con el respaldo del magistrado Héctor Hugo Pérez Aguilera, mientras que el resto del pleno se manifestó en contra.

De esa cuenta se convocó a una nueva sesión en la que la propuesta de denegar la solicitud de los abogados.

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¿Qué es la Ley de Competencia?

La Ley de Competencia, aprobada por el Congreso de la República en noviembre de 2024, busca garantizar mercados justos, evitar monopolios y fomentar la competencia entre las empresas. Fue presentada como una norma en beneficio de los consumidores, al promover mejores precios y mayor calidad en productos y servicios.

Con esta ley se creó la Superintendencia de Competencia, encargada de prevenir, investigar y sancionar prácticas anticompetitivas, así como de promover y defender la libre competencia en todo el territorio nacional. El artículo 27 establece su creación y define sus facultades.

Recientemente también se integró el Directorio de la Superintendencia, entidad superior de decisión, resolución y sanción, según lo regula el artículo 30. Sus integrantes ejercerán el cargo por seis años, con posibilidad de reelección una vez, y solo podrán ser removidos en las circunstancias expresamente contempladas en la misma ley.  El martes pasado el directorio eligió a Javier Bauer Herbruger como presidente y se aprobó el reglamento para la designación del superintendente que deberá ser electo del listado de los aspirantes con mejor puntuación que participaron en el proceso de elección a directores de Competencia.

El Decreto 32-2024 contiene 121 artículos distribuidos en cinco capítulos. Los legisladores afirman que sus disposiciones permitirán reducir los precios en mercados altamente concentrados o dominados por pocas empresas. Sin embargo, algunos expertos advierten que la norma carece de la fuerza suficiente para controlar efectivamente los monopolios en el país.