La Corte de Constitucionalidad rechazó de forma definitiva el amparo de Mirna Yarakia Ovando Arias, jueza suplente señalada en el caso “Fugas del Sistema Penitenciario”. La investigación, presentada por la FECI y la extinta CICIG, reveló una supuesta red criminal que facilitó la fuga de reos, incluido un narcotraficante mexicano.
Por Alexander Valdéz
El pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó de forma definitiva el amparo solicitado por Mirna Yarakia Ovando Arias, jueza suplente en el Organismo Judicial (OJ), señalada en el caso denominado “Fugas del Sistema Penitenciario”, presentado por la antigua FECI y la CICIG en 2019. La investigación identificó una supuesta red criminal que habría colaborado con la fuga de varios reos, entre ellos el narcotraficante mexicano Ramón Antonio Yáñez Ochoa.
Ovando Arias fue vinculada al caso cuando aún era secretaria del Juzgado de Ejecución Penal, dirigido por Coralia Carmina Contreras, quien también estaba relacionada con los hechos. Sin embargo, semanas después de su vinculación al expediente fue ascendida y nombrada jueza, obteniendo así inmunidad.
Por ello, la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) tuvo que seguir el trámite de antejuicio. Fue hasta el 28 de febrero de 2024 que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) le retiró la inmunidad y autorizó su investigación por el delito de cooperación para la evasión.
Al no estar de acuerdo, la jueza recurrió a la CC para anular esa decisión y recuperar su fuero. No obstante, al denegarse el amparo, ahora podrá ser investigada por el Ministerio Público (MP) en el caso “Fugas SP”, donde otra jueza ya enfrenta un proceso judicial.
En su defensa, la acusada argumentó: “Las órdenes de libertad que estaban bajo su guardia y custodia, conforme al Reglamento Interno de Tribunales, debían ser entregadas al personal del Juzgado, en este caso, al oficial encargado de elaborarlas, correspondiéndole a él el llenado de los formularios y su registro en el control del Juzgado”.
Sin embargo, los magistrados ratificaron su decisión al no otorgar el amparo provisional y, en la sentencia definitiva, señalaron que no era viable restituir su inmunidad. Por lo tanto, procede la investigación por el delito mencionado.
“Deniega el amparo solicitado por Mirna Yarakia Ovando Arias, en calidad de Juez de Paz Suplente, contra la Corte Suprema de Justicia. II. No condena en costas a la postulante. III. Impone multa de un mil quetzales (Q1,000.00) a la abogada patrocinante, Evelyn Rocío Ruiz Barrientos, la que deberá hacer efectiva en la Tesorería de esta Corte, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de encontrarse firme el presente fallo”, se lee en la resolución.
Se reactiva el caso
En 2019, la Fiscalía Especial Contra la Impunidad develó una investigación relacionada con la evasión del centro de detención de Ramón Antonio Yáñez Ochoa, quien en 2016 fue condenado por el Tribunal de Sentencia Penal para procesos de Mayor Riesgo “C” a 24 años de prisión por los delitos de asociaciones delictivas, comercio, tráfico y almacenamiento ilícito y lavado de dinero y otros activos.
Al haber descubierto la fuga del narcotraficante mexicano, la FECI siguió la investigación y determinó que existían, por lo menos, seis personas más que se fugaron del centro de detención utilizando órdenes de libertad falsificadas y que eran avaladas por la autoridad judicial.
Entre los fugados también figuran Luis Alejandro Orozco Vargas, quien cumplía dos condenas: una de 12 años por comercio y almacenamiento, del 5 de marzo de 2013; y la otra por 12 años por comercio, tráfico y almacenamiento ilícito, impuesta el 26 de septiembre de 2013. Las condenas estaban firmes. De acuerdo con el cómputo efectuado, a Orozco Vargas le correspondía recobrar su libertad el 17 de mayo de 2032.
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Otra de las juezas señaladas fue Coralia Contreras, quien actualmente está procesada con arresto domiciliario. Contreras está señalada por los delitos de falsedad ideológica y cooperación para la evasión. La jueza suspendida del cargo estuvo prófuga de la justicia durante 11 meses.
Según la FECI, la jueza emitió un oficio dirigido al Sistema Penitenciario (SP) informando que en una resolución de la Corte Suprema de Justicia se modificó la pena impuesta. La orden de libertad y oficio dirigido al SP fueron objeto de peritaje grafotécnico y se determinó que la firma atribuida a la abogada Contreras Flores tiene correspondencia grafotécnica con las atribuidas a la juzgadora, y que ella misma aportó en forma voluntaria, apuntó el MP.
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