CC conocerá acción de alcalde Sebastián Siero contra reglamento para clasificar la basura

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Créditos: Sebastián Siero
Tiempo de lectura: 2 minutos

 

La CC resolverá en definitiva una inconstitucionalidad de ley de carácter general parcial contra artículos del Reglamento para la Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos comunes, Acuerdo Gubernativo 164-2021.

Por Alexander Valdéz

La Corte de Constitucionalidad (CC) tiene en sus manos una inconstitucionalidad de ley de carácter general parcial de los artículos 1, 12, 13, 49, 52, 53 y 54 del Reglamento para la Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos comunes, Acuerdo Gubernativo 164-2021. La acción fue presentada por el presidente de la Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM) y alcalde de Santa Catarina Pinula, Sebastián Siero.

La inconstitucionalidad está identificada con el número 3073-2024, la ponente de la misma será la magistrada Dina Ochoa. Fuentes indicaron a Prensa Comunitaria que la acción ya está agendada, y de no ser retirada, se conocería en el pleno de este jueves. Además, se indicó que la mayoría de los magistrados respaldarían la solicitud del Siero.

El Reglamento para la Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos Comunes entró en vigencia el martes 11, por lo que, a partir de ese día todas las personas a nivel nacional están obligadas a clasificar su basura. Esa medida que busca conservar los recursos naturales y frena la contaminación, ha recibido opiniones a favor y en contra.

La normativa para el proceso de clasificación de los desechos se hará por etapas. Apenas comenzó la primera fase que obliga a una clasificación primaria, es decir, dos contenedores para desechos orgánicos e inorgánicos.

Eso se estableció por un tiempo de dos años, período en el cual la población guatemalteca deberá habituarse a separar sus residuos sólidos. Luego de eso, habrá una “clasificación secundaria” que ya implica una separación más minuciosa.

Clasificación primaria:

  1. Orgánico (contenedor verde)
  2. Inorgánico (contenedor negro)

Clasificación secundaria:

  1. Papel y cartón (contenedor amarillo)
  2. Vidrio (contenedor turquesa)
  3. Plástico (contenedor azul)
  4. Metal (contenedor gris)
  5. Multicapa (contenedor anaranjado).

Por ahora, la ciudadanía está obligada a entregar la basura a los recolectores separada dependiendo de los desechos en orgánico e inorgánico.

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CC no aceptó una primera acción

En julio de 2024, los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) rechazaron la solicitud de suspender provisionalmente el reglamento de clasificación de desechos que entra en vigencia el 11 de febrero del año 2025. Que fue la misma acción legal interpuesta por Sebastián Siero.

La ANAM insiste en dejar sin efecto siete artículos (1, 12, 13, 49, 52, 53 y 54) del Reglamento para la Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos Comunes, específicamente en el tema de la separación de los desechos entre orgánicos, inorgánicos, reciclables y no reciclables, así como las sanciones que se deberían imponer por el incumplimiento de esa normativa.

Acá otra nota que puede leer:

https://prensacomunitaria.org/2024/07/cc-rechaza-accion-que-buscaba-suspender-el-reglamento-de-clasificacion-de-desechos/

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