Revocan amparo que detuvo la extinción de bienes vinculados a Erick Archila

 

La Corte de Constitucionalidad dejó sin efecto el amparo que abría la puerta para que el exministro recuperara Q12.2 millones y bienes de lujo, confirmando que deben pasar a favor del Estado. Los recursos, producto de sobornos, incluyen esculturas valiosas y propiedades en zonas exclusivas.

Por Alexander Valdéz

La Corte de Constitucionalidad (CC) revocó el amparo que beneficiaba a Conyers Business, S.A., una sociedad de reserva vinculada al exministro de Energía y Minas Erick Archila Dehesa, confirmando la extinción de dominio de Q12.2 millones ($1,003,969.77). Los fondos, presuntamente provenientes de sobornos recibidos por el exfuncionario, habían quedado en suspenso por un fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), pero ahora la CC anula esa protección.

El vínculo entre los recursos y actos de corrupción fue probado durante el juicio en el Juzgado de Extinción de Dominio, cuya sentencia fue confirmada posteriormente por la Sala Segunda de Mayor Riesgo. Sin embargo, Conyers Business, S.A. logró suspender el proceso en 2024 al obtener un amparo de la CSJ, bajo el argumento de que la Sala no había analizado adecuadamente su recurso de apelación.

La empresa alegó que los bienes, entre ellos dos esculturas de bronce (La Poesía Grande y La Princesa de Shangai), mobiliario de lujo y cuentas bancarias, fueron adquiridos con fondos legales, provenientes de servicios facturados, y no con dinero ilícito. Las piezas fueron halladas en propiedades de alto valor: una residencia en Bosques de las Luces (Santa Catarina Pinula), una mansión en Alta Vista (kilómetro 8.5 carretera a El Salvador) y un departamento en el Edificio Empresarial Zona Pradera (zona 10).

No obstante, la Corte de Constitucionalidad determinó que la Sala de Mayor Riesgo sí fundamentó su decisión conforme a la Ley de Extinción de Dominio y estableció que no hubo agravios que justificaran el otorgamiento del amparo.

“Al no acreditarse violación a derechos fundamentales, la protección debe denegarse”, señala el fallo, respaldado por los magistrados Leyla Lemus, Roberto Molina Barreto, Héctor Hugo Pérez Aguilera, Juan José Samayoa, Nester Vásquez y Walter Paulino Texaj. Solo hubo un voto disidente, del magistrado Luis Rosales.

Bienes pasan a favor del Estado

El fallo de la Corte de Constitucionalidad deja firme la resolución tomada por el Juzgado de Extinción de Dominio, que en 2022, estableció que la prueba aportada por el Ministerio Público (MP), producto de una investigación de la antigua Fiscalía Especial contra la Impunidad (FEC) era sólida y acredita que los recursos eran producto de actividades irregulares.

Según el MP, Archila Dehesa cooptó la dependencia administrativa del Ministerio de Energía y Minas cuyo fin primordial era “la obtención indirecta de beneficios económicos ilícitos, bajo la lógica del oportunismo que le brindaba el poder político, generada por el cargo de ministro de Gobierno”.

En su momento, la FECI señaló que el exfuncionario habría recibido sobornos por Q75.7 millones (más US$477,000.00) entre el 20 de agosto de 2012 al 30 de abril de 2015. Según las pesquisas, el pago de las dádivas lo habría realizado bajo las empresas: Petro Energy, City Petén, S de R.L, Edemtec, así como Hidro Xacnal, S.A.

“Estas compañías giraron cheques a nombre de seis sociedades anónimas que creó Erick Archila para recibir los sobornos. Las seis empresas son: Conyers Business, S.A., Publicitas, S.A., Canal Antigua, S.A., Representaciones Televisivas, S.A., Torema, S.A., y Anuncios Televisivos, S.A”, indica la fiscalía.

En 2020, la investigación de la FECI expuso a la supuesta estructura criminal de alto perfil, integrada por el exministro, una red de empresarios y varios exfuncionarios que habrían utilizado el ministerio de Energía y Minas para obtener sobornos y beneficios económicos ilícitos.

Las investigaciones revelaron que durante la gestión de Archila Dehesa como titular del MEM y como presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Electrificación (INDE), del 14 de enero 2012 al 15 de mayo de 2015 y el período posterior, se concertaron entre funcionarios y particulares actividades ilícitas.

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